Visa Voluntario (VITEM VIII)
Visa para Servicio Voluntario (VITEM VIII)
ATENDIMIENTO SOLAMENTE MEDIANTE CITA PREVIA. A partir del 08/03/2021, el servicio consular - Visas - solo se puede solicitar mediante programación en el sistema e-consular. Para realizar la solicitud de este servicio, el solicitante debe seguir los pasos a seguir.
1 - Solicitar la cita a través del sistema e-consular: https://ec-bogota.itamaraty.gov.br/
* Para obtener más información sobre el uso del e-consular, consulte el paso a paso disponible aquí.
* Atención: los datos personales deben ser tratados de acuerdo a lo presentado en el registro de nacimiento.
* Para las personas que tienen CPF, se recomienda utilizar el inicio de sesión a través de la plataforma e-gov para acceder al sistema e-consular, lo que facilita la solicitud de servicios del Gobierno Federal de Brasil. En caso de no contar con este número de identificación, debe ingresar a la plataforma con la dirección de correo electrónico y registrar su contraseña.
2 - Reunir la documentación de acuerdo a los requisitos de la visa, la cual deberá ser presentada en original al momento de la cita presencial.
Valor VITEM VIII: COP 550.000 (no es posible hacer el reembolso de la visa bajo ninguna circunstancia)
El modelo de comprobante de pago lo podrá encontrar en la plataforma e-consular, en cada servicio. Para realizar el pago, debe llevar ese modelo al Banco de Occidente, diligenciar un recibo de pago con las mismas referencias que están en el modelo, hacer la consignación del dinero e incluir el comprobante entregado por el banco en el campo correspondiente de la plataforma e-consular.
El día de la cita, se debe presentar el comprobante de pago ORIGINAL del Banco de Occidente. No se aceptan copias ni comprobantes de segunda vía. La no presentación del comprobante original de pago conllevará a la no concesión de la visa.
Para solicitar visa para prestación de servicio voluntario sin vínculo laboral en entidad sin fines lucrativos, la persona interesada deberá presentarse en la Embajada, de lunes a viernes, de las 09h a las 12h, con los siguientes documentos:
I - Documento de la entidad con sede en Brasil, invitando al extranjero para la prestación de servicios para la prestación de servicios en condición de voluntario;
II – Acto constitutivo o estatuto social de la entidad requiriente, debidamente registrado en el órgano competente;
III – Acto de nombramiento o de eleccion de la directoría actual;
IV – Comprobante de inscripción en el Consejo de Asistencia Social respectivo (cuando sea el caso) o certificado que lo califica como organización de sociedad civil de interés público, expedido por el Ministerio de Justicia (cuándo sea el caso)
V- Documento que describa el lugar donde será efectuada la prestación del servicio en condición de voluntario y las actividades que serán realizadas por el extranjero;
VI – Carta de responsabilidad de la entidad por la permanencia del extranjero en Brasil y por su regreso al país de origen;
VII – Carta de responsabilidad mediante la cual la organización o el instituto a cargo, asume toda y cualquier despensa médica y hospitalaria del extranjero invitado, así como de sus dependientes, durante su permanencia;
VIII – Documento que compruebe la experiencia profesional o calificaciones compatibles con las actividades que serán ejercidas; y
IX – Prueba de que la entidad se encuentra en pleno y regular funcionamiento.
El interesado debe igualmente presentar:
1) Registro civil de nacimiento (original o copia autenticada) apostillado;
2) Copia autenticada de pasaporte
3) Constancia de Antecedentes Judiciales, con fines migratorios, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia - disponible en linea. El certificado debe informar que el solicitante no registra antecedentes. Menores de edad no necesitan presentar dicho documento;
Orientaciones para solicitar la constancia de antecedentes criminales:
- Ingresar a https://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/PolNal/solicitud.aspx
- Seleccionar opción "Antecededentes judiciales"
- Llenar formato con los datos
- Marcar Si en "Confirmar fines documento"
- Completar informaciones sobre pasaporte
- Seleccionar país (Brasil)
- Realizar pago correspondiente
En caso de que el solicitante no sea colombiano, pero sea residente, debe presentar el certificado de antecedentes judiciales expedido por Interpol Colombia (Avenida El Dorado # 75-25, Bogotá). El certificado debe ser posteriormente apostillado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. En caso de que el solicitante no sea colombiano y tampoco sea residente, debe presentar el certificado de antecedentes judiciales expedido en su país de residencia, no siendo exigida la traducción si está escrito en los idiomas español, inglés o francés, debidamente legalizado o apostillado según el caso.
Presentados los documentos mencionados, se iniciará el periodo de análisis por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores del Brasil, la concesión de visa dependerá de consulta a Brasil.
Después del análisis, y sólo en caso de aprobación del pedido, será necesario, para aplicación de la visa en el pasaporte, presentar los siguientes documentos:
a. Pasaporte original con mínimo dos páginas en blanco;
b. Foto reciente en posición frontal 3cmx4cm tipo pasaporte a color con fondo claro. No se aceptan fotos instantáneas, fotocopias o fotos digitales;
c. Protocolo del formulario de visa impreso, debidamente firmado por el titular del pasaporte en el cuadro inferior (o padres/representante legal del menor), y con la foto pegada en el cuadro superior respectivo;
Pago de la tasa consular: Valor para ciudadanos colombianos: COP 550.000 - el cual debe ser pagado para que se analice la solicitud.
El plazo para trámite de solicitudes por medio de los consulados honorarios es de 10 días hábiles + tiempo de envío.
Las solicitudes con atendimiento directamente en el sector consular en Bogotá son entregues en el mismo día en general.
En caso de dudas o inquietudes, el solicitante de la visa podrá comunicarse con el sector consular por medio del correo: consular.bogota@itamaraty.gov.br
¡IMPORTANTE! Para llevar a cabo el trámite de visa, ya sea mediante agendamiento presencial en Bogotá o en un consulado honorario, es requisito indispensable que el solicitante se presente en persona tanto para la solicitud como para la recogida de documentos. No está permitido que un tercero realice estos trámites en su representación.