Visa Actividades Religiosas (VITEM VII)
Visa para Actividades Religiosas (VITEM VII)
ATENDIMIENTO SOLAMENTE MEDIANTE CITA PREVIA. A partir del 08/03/2021, el servicio consular - Visas - solo se puede solicitar mediante programación en el sistema e-consular. Para realizar la solicitud de este servicio, el solicitante debe seguir los pasos a seguir:
1 - Solicitar la cita a través del sistema e-consular: https://ec-bogota.itamaraty.gov.br/
* Para obtener más información sobre el uso del e-consular, consulte el paso a paso disponible aquí.
* Atención: los datos personales deben ser tratados de acuerdo a lo presentado en el registro de nacimiento.
* Para las personas que tienen CPF, se recomienda utilizar el inicio de sesión a través de la plataforma e-gov para acceder al sistema e-consular, lo que facilita la solicitud de servicios del Gobierno Federal de Brasil. En caso de no contar con este número de identificación, debe ingresar a la plataforma con la dirección de correo electrónico y registrar su contraseña.
2 - Reunir la documentación de acuerdo a los requisitos de la visa, la cual deberá ser presentada en original al momento de la cita presencial.
Valor VITEM VII: COP 550.000 (no es posible hacer el reembolso de la visa bajo ninguna circunstancia)
El modelo de comprobante de pago lo podrá encontrar en la plataforma e-consular, en cada servicio. Para realizar el pago, debe llevar ese modelo al Banco de Occidente, diligenciar un recibo de pago con las mismas referencias que están en el modelo, hacer la consignación del dinero e incluir el comprobante entregado por el banco en el campo correspondiente de la plataforma e-consular.
El día de la cita, se debe presentar el comprobante de pago ORIGINAL del Banco de Occidente. No se aceptan copias ni comprobantes de segunda vía. La no presentación del comprobante original de pago conllevará a la no concesión de la visa.
Si usted pretende ir a Brasil en la condición de Ministro de confesión religiosa o miembro de instituto de vida consagrada y de congregación u orden religiosa, usted necesitará solicitar una visa temporaria VII. En ese caso, usted deberá presentar en el Sector Consular de la Embajada del Brasil en Bogotá la siguiente documentación:
DE LA INSTITUCIÓN RELIGIOSA EN BRASIL:
1. ACTA DE CONSTITUCIÓN Y ESTATUTO de la Institución religiosa, autenticada por notaría en Brasil;
2. COMPROBANTE de poderes de representación legal de su dirigente, autenticado por notaría en Brasil;
3. COMPROMISO de la entidad en Brasil de MANTENIMIENTO y SALIDA del territorio nacional del religioso llamado, autenticado por notaría en Brasil.
DEL RELIGIOSO:
1. PASAPORTE original con mínimo dos páginas en blanco;
2. DECLARACIÓN DE ORDENACIÓN y/o ANALÍTICO ESCOLAR que compruebe formación religiosa. En el caso de miembro de vida consagrada, prueba de esa condición;
3. HOJA DE VIDA;
4. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES, con fines migratorios, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia:
Orientaciones para solicitar la constancia de antecedentes judiciales
- Ingresar a https://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/PolNal/solicitud.aspx
- Seleccionar opción "Antecededentes judiciales"
- Llenar formato con los datos
- Marcar Si en "Confirmar fines documento"
- Completar informaciones sobre pasaporte
- Seleccionar país (Brasil)
- Realizar pago correspondiente
Ciudadanos colombianos: Presentar antecedentes judiciales, con fines migratorios, apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. El certificado debe ser firmado por autoridad competente de la Policia Nacional e informar que el solicitante no registra antecedentes. Menores de edad no necesitan presentar dicho documento. *Modelo del certificado de antecedentes judiciales se encuentra en cada servicio de visa, en la plataforma e-consular*.
En caso de que el solicitante no sea colombiano, pero sea residente, debe presentar el certificado de antecedentes judiciales expedido por Interpol Colombia (Avenida El Dorado #75-25, Bogotá). El certificado debe ser posteriormente apostillado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. En caso de que el solicitante no sea colombiano y tampoco sea residente, debe presentar el certificado de antecedentes judiciales expedido en su país de residencia, no siendo exigida la traducción si está escrito en los idiomas español, inglés o francés, debidamente legalizado o apostillado según el caso.
5. Adicionalmente, si fuere el caso, DECLARACIÓN de que solamente ejercerá actividades en el área indígena mediante autorización expresa de la FUNAI (el original);
6. Una foto reciente en posición frontal 3 x 4cm, de frente, fondo blanco.No se aceptan fotos instantáneas, fotocopias o fotos digitales.
7. Formulario de solicitud de visa completo y firmado.
8. Registro civil de nacimiento (original o copia autenticada) apostillado;
9. Pago de la tasa consular Valor: COP 550.000 - el cual debe ser pagado para que se analice la solicitud.
Esa VISA depiende de autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores en Brasil. El plazo para trámite de solicitudes por medio de los consulados honorarios es de 10 días hábiles + tiempo de envío, contados después que la Embajada reciba la autorización de Brasil.
Las solicitudes con atendimiento directamente en el sector consular en Bogotá son entregues en el mismo día en general.
En caso de dudas o inquietudes, el solicitante de la visa podrá comunicarse con el sector consular por medio del correo: consular.bogota@itamaraty.gov.br
¡IMPORTANTE! Para llevar a cabo el trámite de visa, ya sea mediante agendamiento presencial en Bogotá o en un consulado honorario, es requisito indispensable que el solicitante se presente en persona tanto para la solicitud como para la recogida de documentos. No está permitido que un tercero realice estos trámites en su representación.