Notícias
NOTA A LA PRENSA N.109
Acogida humanitaria de personas afectadas por la situación en Afganistán - Nota a la prensa conjunta - Ministerio de Relaciones Exteriores - Ministerio de Justicia y Seguridad Pública
El ministro de Relaciones Exteriores y el ministro de Justicia y Seguridad Pública han firmado hoy un decreto interministerial que regula la concesión de visados temporales y permisos de residencia con la finalidad de acogida humanitaria a nacionales afganos, apátridas y personas afectadas por la situación de gravedad o inestabilidad institucional inminente o de violaciones graves de los derechos humanos o del derecho internacional humanitario en Afganistán.
La medida se basa en los fundamentos humanitarios de la política migratoria brasileña, según lo estipulado en la Ley N° 13.445, de 24 de mayo de 2017, que ofrece un mecanismo de protección, reafirmando el compromiso brasileño con el respeto de los derechos humanos y de la solidaridad internacional.
La ordenanza establece requisitos legales para la concesión de visado humanitario, los cuales el interesado deberá cumplir. Un visado es una expectativa de entrada al país y no implica una obligación para el Estado brasileño de asumir los gastos de la llegada de los migrantes a Brasil.
Las embajadas en Islamabad, Teherán, Moscú, Ankara, Doha y Abu Dhabi podrán procesar las solicitudes de visado para la acogida humanitaria. Brasil no tiene una embajada o consulado residente en Afganistán.
Se prestará especial atención a las solicitudes de mujeres, niños, ancianos, personas con discapacidad y sus grupos familiares, incluida la situación particular de las juezas afganas que se ha señalado a la atención del Gobierno brasileño.