Notícias
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
CADE sanciona a empresas del sector automotivo por práctica de gun jumping
El 9 de abril, el Consejo Administrativo de Defensa económica (CADE) determinó el pago de multa a las empresas Renauto Veículos e Peças Ltda. y Navesa Nacional de Veículos Ltda. por la consumación de una operación de concentración antes de la aprobación de la autoridad, práctica conocida como gun jumping.
La operación se consumó en marzo de 2015 y conllevó la venta de activos tangibles e intangibles, por parte de Renauto —como piezas, herramientas, máquinas, equipamientos, mobiliario, utensilios e instalaciones— a Navesa, en el contexto de las operaciones de concesionarios de Renault do Brasil S.A, en Goiânia, ciudad del estado de Goiás.
El proceso fue iniciado en 2020 por la Superintendencia General del CADE (SG-CADE), que comprendió a través de la nota técnica que la operación entre Renauto y Navesa sería de notificación obligatoria. En agosto de 2023, el proceso fue juzgado por primera vez por el Tribunal del CADE, que determinó la notificación de la operación a la autoridad.
Tras la redistribución del caso para la consejera ponente, Camila Pires Alves, se verificó que, aun después de la determinación inicial del Tribunal, la operación no habría sido notificada. Las partes sometieron un formulario de notificación al CADE en noviembre de 2024, más de un año después, y solo fue corregido y concluido en febrero de 2025.
La ponente sancionó las representadas al pago de una multa de 5.360.560,00 reales. La decisión fue seguida por unanimidad por el Tribunal del CADE
Acceda al procedimiento administrativo n.º 08700.000974/2020-60.