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DECISIÓN
CADE recomienda sancionar a un sindicato de reventa de combustible en el DF
El 8 de mayo, la Superintendencia General del Consejo Administrativo de Defensa Económica (SG-CADE) recomendó sancionar al Sindicato del Comercio minorista de Combustibles y Lubricantes del Distrito Federal (Sindicombustíveis/DF) y a su presidente, en el marco de un proceso administrativo iniciado para investigar una supuesta conducta comercial uniforme en el mercado de reventa de combustibles para automóviles del Distrito Federal.
Según la SG-CADE, los representados habrían utilizado repetidas veces las redes sociales, entrevistas, videos y episodios de podcast para compartir información sensible relacionada con precios, márgenes, costos operacionales, repases y límites de viabilidad económica de la actividad de reventa de combustibles. El conjunto de mensajes, declaraciones públicas, podrían servir como señal de coordinación entre gasolineras competitivas, causando reducciones de precios al consumidor.
El caso se destaca por la extensión y naturaleza del conjunto de pruebas. Fueron analizados más de 200 registros individuales de comunicaciones públicas realizadas entre 2022 y 2025, obtenidos principalmente de publicaciones en Instagram, videos en YouTube y episodios del podcast «O Dono do Posto». Parte de los contenidos habría sido compartida tanto en canales personales como institucionales, reforzando la capacidad de los mensajes para alcanzar agentes económicos del sector.
También fue considerado relevante en el contexto del mercado de combustibles, sector de elevada sensibilidad económica y social, especialmente en periodos de alta del petróleo y de variaciones relevantes en los costos de la cadena. Justamente por tratarse de mercados estratégico y bajo atención de la autoridad competitiva brasileña, es fundamental mantener la autonomía de los revendedores en la definición de sus estrategias comerciales.
La SG consideró que las asociaciones y los sindicatos pueden ejercer funciones legítimas de representatividad sectorial, siempre que no coordinen, induzcan ni influyan en la adopción de comportamientos uniformes entre competidores, especialmente cuando las declaraciones se refieren a variables sensibles como precios, márgenes, costos y transferencia de recursos.
Tras la fase de instrucción, la SG envió el informe completo al Tribunal del CADE, que decidirá si hubo infracción económica a la competencia y, en su caso, aplicará las sanciones previstas en la Ley n.º 12.529/2011.
Acceda al caso n.º 08700.000899/2021-18