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COMUNICACIÓN Y TRANSPARENCI
CADE recomienda sancionar a empresas por prácticas anticompetitivas en el mercado de soja
La Superintendencia General del Consejo Administrativo de Defensa Económica (SG-CADE) recomendó la sanción de Monsanto Company, Monsanto do Brasil Ltda., Bayer Aktiengesellschaft y Bayer S.A. por posibles prácticas anticompetitivas relacionadas con los incentivos para la adopción de la biotecnología Intacta RR2 PRO y con programas de fidelización de multiplicadores de semillas de soja.
En enero de 2018, la SG-CADE inició una investigación a raíz de las denuncias recibidas durante el examen de la operación de concentración relativa a la adquisición de Monsanto por parte de Bayer. Las denuncias alegaban una serie de conductas anticompetitivas relacionadas con la obtención y multiplicación de semillas de soja, así como con la concesión de licencias de biotecnologías en mercados en los que Bayer, tras la adquisición de Monsanto, pasó a ocupar una posición dominante.
A lo largo de la investigación, se analizaron documentos, contratos, declaraciones de los agentes del mercado, concentraciones anteriores, información dada por los denunciantes y dictámenes económicos y jurídicos.
Según la nota técnica, los elementos reunidos indican que las empresas investigadas ocupan u ocupaban, durante el período en que se produjo la conducta, una posición dominante en los mercados analizados y que algunas de las prácticas adoptadas produjeron o podían producir efectos de cierre de mercado y dificultar la actuación de los competidores.
Análisis de la SG
Entre las conductas analizadas, se destacan las políticas comerciales de concesión de incentivos a los obtentores de soja para que adoptaran la biotecnología Intacta RR2 PRO (también conocidos como incentivos a la mejora genética), las cuales podían incentivar a los obtentores a dar prioridad al desarrollo de semillas con la biotecnología de Monsanto, cuya patente está vigente, en detrimento de las biotecnologías de dominio público o de las semillas convencionales, induciendo así a la fidelización.
También se examinó el programa Monsoy Multiplica, que ofrecía descuentos no lineales concedidos a los multiplicadores, fomentando así su fidelidad al germoplasma de Monsoy y a la biotecnología Intacta RR2 PRO. Por último, se analizó la obligación contractual que exigía la adquisición de un porcentual mínimo de semillas de fundación de las empresas investigadas.
Según el análisis, las dos primeras prácticas contribuyeron para reforzar las barreras de entrada y a dificultar el aumento de los competidores, reduciendo la capacidad competitiva en mercados esenciales para el funcionamiento del agronegocio de soja en
Brasil. En relación a la tercera práctica, las pruebas demostraron que la cláusula analizada no era exigida por las empresas.
Al final de la investigación, la SG-CADE concluyó que existían indicios suficientes de infracción del orden económico y recomendó sancionar a las empresas Monsanto Company, Monsanto do Brasil Ltda., Bayer Aktiengesellschaft y Bayer S.A., de conformidad con la ley n.° 12.529/2011.
La SG también recomendó la imposición de multas a las empresas investigadas y el archivo del caso relacionado a la supuesta obligación de adquirir un volumen mínimo de semillas de fundación. El expediente se enviará al Tribunal del CADE, quien dictará la resolución definitiva. Acceda al Proceso Administrativo n.º 08700.000270/2018-72 y a la Nota Técnica n.º 57/2026/CGAA11/SGA1/SG/CADE