Notícias
DECISIÓN
CADE mantiene medida cautelar sobre los nuevos términos de uso de WhatsApp
El 4 de marzo, el Tribunal del Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) decidió, por unanimidad, desestimar el recurso voluntario interpuesto por WhatsApp y Facebook Brasil y mantener la medida cautelar impuesta por la Superintendencia General (SG-CADE). La medida suspende la aplicación de los nuevos términos de uso de WhatsApp y mantiene el statu quo anterior, permitiendo la oferta de servicios de proveedores de IA a través de la plataforma.
El caso se inició en octubre de 2025, cuando WhatsApp anunció que, a partir del 15 de enero de 2026, adoptaría los nuevos términos de uso que prohibirían a los proveedores y desarrolladores de IA acceder o utilizar su ecosistema. Al mes siguiente, las empresas Luzia y Zapia presentaron una denuncia ante el CADE solicitando la adopción de medidas cautelares. Las representantes alegaron que las nuevas normas podrían cerrar el mercado brasileño de servicios de inteligencia artificial orientados a los mensajes instantáneos, dada la relevancia y el amplio uso de WhatsApp en el país.
Ante las alegaciones, la Superintendencia General inició, en enero de 2026, una investigación administrativa para determinar la conducta y dictó una medida cautelar que suspendió la aplicación de los nuevos términos de uso.
Recurso voluntario
Las empresas del grupo Meta interpusieron un recurso voluntario contra la decisión de la SG-CADE. En el recurso, sostuvieron que el funcionamiento de los chatbots podría generar una sobrecarga en la infraestructura de la aplicación y que los desarrolladores de inteligencia artificial no dependerían del ecosistema de WhatsApp para competir en el mercado de soluciones de IA para mensajes instantáneos.
De conformidad con el artículo 213 del Reglamento Interno del CADE, el recurso voluntario es el instrumento que permite a las partes someter al Tribunal las decisiones del superintendente general o del consejero ponente relativas a la adopción, modificación o revocación de medidas cautelares.
Decisión
Al analizar el caso, el Tribunal del CADE concluyó que se cumplen los requisitos necesarios para mantener la medida cautelar. Según el consejero Carlos Jacques, ponente del caso, existen indicios de apariencia de buen derecho, dada la relevancia de WhatsApp en el mercado brasileño de servicios de mensajería instantánea.
El colegiado consideró que la exclusión total de las herramientas de IA de terceros no sería proporcional y que la entrada en vigor de las nuevas normas podría impedir el funcionamiento de las soluciones de IA generativa en el mercado, lo que supondría un
riesgo de daño competitivo. También entendió que la medida cautelar solo preserva el statu quo anterior a las nuevas condiciones de uso, sin generar un perjuicio grave o inminente a WhatsApp o Facebook.
La decisión estuvo en consonancia con iniciativas adoptadas en otras jurisdicciones, como el análisis realizado por la Autorità Garante della Concorrenza e del Mercato (AGCM) en Italia, además de las investigaciones en la Comisión Europea.
Los documentos públicos del recurso voluntario n.º 08700.000534/2026-06 y de la investigación administrativa n.º 08700.012397/2025-63 están disponibles para su consulta.