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DECISIÓN
CADE mantiene medida cautelar contra la Moratoria de la Soja
El 30 de septiembre, el Tribunal del Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) decidió mantener la medida cautelar impuesta por la Superintendencia General (SG-CADE) a las entidades del Grupo de Trabajo de la Soja y a las empresas exportadoras signatarias de la Moratoria de la Soja, estableciendo que su aplicación tendrá inicio el 1.º de enero de 2026.
La medida cautelar dispone que las empresas se abstengan de recolectar, almacenar, compartir o difundir información comercial vinculada a la venta, producción o adquisición de soja —ya sea de productores rurales o de empresas exportadoras—, en especial aquella relacionada con precios, volúmenes y origen del producto, entre otras disposiciones. Esta decisión fue adoptada en agosto de este año en el marco del proceso que investiga posibles conductas anticompetitivas en el mercado nacional de producción y comercialización de soja, ante la preocupación de que el intercambio sistemático de información sensible pudiera afectar la competencia.
La investigación se inició a partir de una representación enviada por la Comisión de Agricultura, Ganadería, Abastecimiento y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados. El documento señalaba que los signatarios de la Moratoria de la Soja habrían acordado no adquirir granos de productores con áreas cultivadas en zonas deforestadas del bioma amazónico después de 2008. El compromiso, de carácter privado y firmado entre empresas del sector, se aplica exclusivamente a la soja y no abarca otros tipos de cultivo.
Según constató la Superintendencia General del CADE, empresas privadas competidoras conformaron el denominado Grupo de Trabajo de la Soja, con la finalidad de monitorear el mercado y establecer un acuerdo que definiera las condiciones de compra de la materia prima en el país. Para la SG, esa práctica configura un acuerdo anticompetitivo entre rivales que perjudica la exportación de soja. En este contexto, se adoptó la medida cautelar, que también dispuso la suspensión de auditorías, la eliminación de documentos vinculados a la moratoria en páginas electrónicas y la prohibición de divulgar listas e informes que sirvieran de instrumento para el acuerdo.
El Tribunal del CADE juzgó el caso después de que las entidades involucradas presentaran recursos voluntarios solicitando la suspensión de la medida. El consejero ponente, Carlos Jacques, votó por desestimar dichos recursos y defendió el mantenimiento íntegro de la medida cautelar. A su juicio, el intercambio de informaciones sobre proveedores y volúmenes de compra, aunque no traten de los precios, pueden limitar la competitividad del sector y generar efectos anticompetitivos duraderos.
El consejero José Levi se apartó del voto del ponente y votó por estimar parcialmente los recursos, proponiendo suspender la eficacia de la medida cautelar hasta el 31 de diciembre de 2025, con el objetivo de abrir un período de diálogo entre actores públicos y privados.
Por mayoría, el Tribunal admitió los recursos voluntarios interpuestos y, en cuanto al fondo, resolvió estimarlos parcialmente para suspender la eficacia de la medida cautelar hasta finales de 2025, en los términos del voto del consejero José Levi. Consulte los documentos del Proceso Administrativo n.º 08700.005853/2024-38.