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DECISIÓN
CADE investiga casos sobre IA y mercado digital
El 13 de mayo, el Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) decidió archivar tres casos, determinó la notificación de la operación entre Microsoft e Inflection, e inició dos procedimientos administrativos para investigar las operaciones entre Google y Windsurf, así como Google y Hume AI.
Diogo Thomson, presidente interino del CADE, reforzó que las operaciones en el mercado digital, tecnológico y de IA pueden resultar en importantes transferencias de activos, capacidades, tecnología, propiedad intelectual, personal estratégico y potencial competitivo, aunque las empresas involucradas no presenten una facturación significativa en Brasil.
«En estos casos, el CADE actúa como un mecanismo excepcional de corrección del sistema de notificación obligatoria, agotando todas las posibilidades de preocupaciones de competencia dentro de los límites legales», declaró. La declaración fue aprobada por todos los consejeros e incluida en los votos de los ponentes en cada decisión sobre este asunto.
NVIDIA Corporation y Run:ai Labs Ltd
El CADE investigó la adquisición de la empresa israelí de tecnología Run:ai Labs Ltd, especializada en plataformas de software que organizan y optimizan el uso de ordenadores para aplicaciones de IA, por la líder mundial en unidad de procesamiento gráfico (GPU, en inglés) NVIDIA Corporation.
La investigación fue iniciada de oficio solo para verificar si esa operación debería ser comunicada previamente al CADE, como lo exigido por la Ley Brasileña de Defensa de la Competencia, dada la relevancia global de la NVIDIA y de la importancia estratégica de la IA.
Tras examinar los datos de facturación, el Tribunal constató que, en el año anterior a la operación, la facturación de las partes en Brasil estaba inferior a los criterios mínimos para la obligación de notificar una operación de concentración. Además, no se encontraron consecuencias relevantes de la transacción sobre el mercado brasileño, pues Run:ai Labs Ltd no actúa en el país y no hay indicios de que las partes tengan poder de mercado en Brasil.
La autoridad también evaluó si debía usar una disposición excepcional de la ley que permite analizar operaciones que no cumplen los requisitos mínimos de facturación, pero
pueden representar riesgo para la competencia, especialmente en mercados digitales que involucran empresas emergentes innovadoras.
Sin embargo, se concluyó que no hay perjuicios para la competencia en Brasil que justifique esa medida. Por lo tanto, el CADE decidió archivar el procedimiento, reconociendo que la adquisición no necesita ser notificada a la autoridad.
Google Brasil Internet Ltda. y Character Technologies, Inc.
La operación entre Google e Character.AI, implicó la licencia de tecnología, propiedad intelectual, y la liberación de profesionales especializados que serán contratados por Google posteriormente.
La ponente Camila Alves destacó que operaciones como esta pueden presentar relevancia competitiva incluso sin la adquisición societaria formal, especialmente cuando se trata de tecnología, equipos especializados, conocimiento técnico y capacidad de innovación en mercados de IA.
El Tribunal consideró que la operación presentaba elementos que justificaban la atención competitiva, pero esto no determina automáticamente la notificación al CADE. Se consideró la utilidad práctica de la medida, la proporcionalidad de un análisis ex post, la seguridad jurídica, el tiempo transcurrido desde la consumación de la operación y la existencia de vías alternativas de actuación institucional.
Ante esto, el caso fue archivado sin que eso represente una aprobación automática de operaciones futuras relacionadas con licencia tecnológica, contratación coordinada de equipos, acqui-hires o reverse acqui-hires en IA.
Además, se inició una investigación de las operaciones entre Google y Windsurf, y entre Google y Hume AI. La decisión también fue enviada al Departamento de Estudios Económicos para su análisis en futuras investigaciones.
Acceda al Caso n.º 08700.005638/2024-37
Microsoft Corporation y Mistral AI
En 2024, la Superintendencia General (SG-CADE) inició un procedimiento administrativo para investigar el contrato entre Microsoft y Mistral AI sobre la inversión de Microsoft en Mistral, la provisión de infraestructura de supercomputación en la nube por parte de Microsoft, y la disponibilidad de modelos Mistral en la plataforma Azure.
El ponente José Levi consideró que no hubo adquisición de control de Mistral por Microsoft y, aunque se identifiquen posibles relaciones horizontales o verticales entre las empresas, la participación de Microsoft es inferior al 5 %. Además, no fueron identificados indicios de perjuicio al ambiente competitivo.
Por fin, el ponente decidió archivar el procedimiento, considerando que esa operación no requiere notificación obligatoria al CADE, pues no se encuadra en las hipótesis de la Ley n.º 12.529/2011.
Acceda al Caso n.º 08700.005961/2024-19
Microsoft Corporation e Inflection AI
El caso investiga el contrato entre Microsoft Corporation e Inflection AI, que trata de acuerdos corporativos entre las partes para licencia del uso de la tecnología de Inflection, así como la contratación por parte de Microsoft de casi todos los antiguos empleados de la Inflection.
En su voto, el ponente José Levi analizó que, en el contexto de empresas emergentes de IA, los principales activos que las constituyen son, a menudo, su propiedad intelectual y sus talentos. Así, los acuerdos entre Microsoft e Inflection muestran la lógica económica de adquisiciones convencionales y a pesar de adoptar una manera no convencional, están sujetos a la regulación ex ante del CADE.
Aunque la notificación de la concentración no sea obligatoria, por no cumplir el requisito mínimo de facturación, el ponente consideró ser oportuno y conveniente que el CADE investigara la operación.
Fue destacada la necesidad de un análisis adecuado sobre la posibilidad de aplicación del artículo 88 de, párrafo 7 de la Ley 12.529/2011, especialmente en casos de mercados digitales, donde el requisito de facturación nacional puede no expresar adecuadamente la relevancia o el poder de mercado de los agentes involucrados.
Debido a la identificación de preocupaciones competitivas, el ponente determinó la notificación de la operación al CADE dentro del plazo de 30 días después de publicada la decisión.
Acceda al Caso n.º 08700.005966/2024-33