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DECISIÓN
CADE investiga a Ericsson por práctica anticompetitiva
El 23 de abril, el Consejo Administrativo de Defensa Económica evaluó un recurso presentado por las empresas Motorola y Lenovo contra Ericsson por abuso de posición dominante en la concesión de licencias de patentes esenciales estándar (SEPs) para redes 5G.
Según la investigación, Ericsson se negó a licenciar, de forma autónoma, patentes esenciales en el país, exigiendo un contrato global con cláusulas consideradas abusivas.
La conducta, según las empresas, constituiría un abuso de posición dominante y una práctica discriminatoria, puesto que está en desacuerdo con los compromisos internacionales relativos a la concesión de las SEPs, tecnologías indispensables para la adopción de determinadas normas técnicas, que deben ser objeto de licencias en condiciones justas, razonables y no discriminatorias.
Durante el proceso, las partes firmaron un acuerdo global de licencia, lo que supuso la aprobación de la solicitud de retirada del recurso. Sin embargo, debido al interés colectivo de los bienes jurídicos protegidos por la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), el Tribunal recomendó a la Superintendencia General del CADE (SG-CADE) la apertura de una investigación administrativa.
Según el consejero Gustavo Augusto, ponente del caso, se detectaron indicios de discriminación de precios y de imposición de condiciones comerciales potencialmente abusivas, con posibles efectos excluyentes en el mercado de dispositivos 5G.
El ponente señaló que el uso indebido de patentes esenciales puede constituir una infracción económica, especialmente cuando estas tecnologías son esenciales para operar en mercados estandarizados, como el de la telefonía móvil de quinta generación.
Además, añadió que el caso se refiere a patentes esenciales, indispensables para acceder al mercado de la telefonía 5G, controladas por una empresa que ocupa una posición dominante en el sector de las infraestructuras de telecomunicaciones.
Su voto también destaca la existencia de indicios que, en teoría, podrían caracterizar una infracción a la competencia y señala que, aunque se haya anulado el recurso, es necesario seguir investigando.
El consejero Victor Oliveira Fernandes, por su parte, defendió que el CADE profundice la discusión sobre el tema, con el objetivo de promover un diálogo para comprender los criterios utilizados por el Consejo para identificar cuándo una solicitud de medida cautelar puede representar un abuso de posición dominante. «Este es un caso que, de hecho, compone una materia de defensa de la competencia, reforzando la necesidad de que el CADE establezca una directriz sobre el tema», dijo.
De esa manera, el Tribunal decidió por la existencia de indicios suficientes para justificar la continuación de la investigación, con el objetivo de averiguar posibles conductas, como la negativa de venta de bienes o prestación de servicios, la explotación abusiva de derechos de propiedad industrial o intelectual y la creación de obstáculos al funcionamiento o al desarrollo de los competidores.