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CADE determina la verificación de multa en un caso que involucra a CSN y Usiminas
El 6 de agosto, el Tribunal del Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) juzgó los recursos de aclaración interpuestos por Usinas Siderúrgicas de Minas Gerais (Usiminas) en el proceso que analizó la adquisición de participaciones societarias de la empresa por parte de la Compañía Siderúrgica Nacional (CSN).
La operación de concentración fue sometida al análisis del CADE en 2011, tras una serie de sucesivas adquisiciones de Usiminas por parte de CSN. En 2014, la operación fue aprobada bajo la firma del antiguo acuerdo de control de concentración, en el que CSN se comprometió a reducir su participación accionaria en Usiminas a menos del 5 % del capital total o votante, con el objetivo de preservar la competencia en el mercado de acero plano. Posteriormente, el plazo para el cumplimiento de la medida fue ampliado mediante adendas contractuales, hasta que, en 2022, el Tribunal del CADE autorizó el cambio de la desinversión a un plazo indeterminado.
En junio de 2025, en cumplimiento de la decisión del TRF6, el Tribunal del CADE intimó a CSN a demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en el acuerdo de control de concentración. En respuesta, Usiminas presentó un recurso de aclaración para obtener explicaciones sobre la aplicación de la medida.
Por decisión mayoritaria, el Pleno del CADE admitió los recursos de aclaración presentados y, en cuanto al fondo, los consideró improcedentes, ya que CSN habría realizado la desinversión acordada con la autoridad. El Tribunal también determinó que el área técnica verifique el cumplimiento efectivo de la venta de las acciones de Usiminas por parte de CSN. A continuación, remitió a la Unidad de Cumplimiento de Decisión (UCD) la determinación del posible importe de la multa, de conformidad con las manifestaciones de la Fiscalía Federal Especializada y del Ministerio Público Federal (MPF) ante el CADE.