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Documentos necesarios para la solicitud de registro

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Publicado en 09/04/2015 18:18 Actualizado en 19/11/2020 20:05
Colaboradores: Ana Paula Melloni, Célia Luzia Pinheiro, Dirceu Teruya

Ojo: La Coordinación General de Contratos de Tecnología, a partir de 01/01/2017, solamente recibirá los protocolos de petitorio de registro de contratos y facturas y demás peticiones a través de la Petición Electrónica de Contratos de Tecnología del Sistema e-Contratos, según determinado en el Artículo 6 de la Resolución nº 170/2016.

 El Sistema e-Contratos está disponible en el sitio web del INPI en el enlace https://gru.inpi.gov.br/contrato/. 

 

Formulario de Petitorio de Registro

El acceso al Formulario de Petitorio ocurre a través del sistema e-Contratos, a partir del número de la GRU (“nosso número” (nuestro número)) relacionada con la modalidad pretendida.

Hay que utilizar el nombre de usuario de Persona Física registrado en el e-INPI como “Abogado o Persona Física con poder”

Hay que rellenar todos los campos con la información del documento a registrar.

Carta justificativa con fecha y firma (opcional)

La finalidad de la carta justificativa es formalizar la solicitud de registro con el INPI.

La carta justificativa también se puede utilizar para presentar información relevante acerca del contrato y/o de la factura y para presentar aclaraciones o justificaciones necesarias para el examen de los petitorios y peticiones.

No es obligatorio presentar la carta justificativa, pero caso se presente, ella debe llevar fecha y firma, identificando (nombre completo) y calificando (posición ocupada) el signatario.

 

Guía de Pago del Gobierno Federal (GRU)

Hay que enviar la GRU y el comprobante de pago. La guía para pago se emite en “Emita a GRU” (Emita la GRU), en la sección “Acesso Rápido” (Acceso Rápido) de la página principal del INPI (www.gov.br/inpi).

Es imprescindible pagar la GRU antes de realizar el protocolo.

Atención para emisión de la GRU con el correcto servicio pretendido, según la Tabla de Tasas, porque el sistema no permite aprovechar guías pagadas para servicios distintos. 

Poder

Según la Resolución nº 170/2016, los poderes se deben digitalizar a partir de la copia original.

El poder en que la empresa solicitante otorga competencias al mandatario responsable (Persona Física titular del Registro de Personas Físicas (CPF) del usuario utilizado para realizar el acceso al e-Contratos) es obligatorio.

Caso mandatarios firmen el contrato, adenda o factura, hay que enviar el poder específico con otorga de competencias explícitas para la práctica de ese acto, según el artículo 661 de la Ley 10.406/02.

Si el poder ha sido emitido en el extranjero, hay que autentificarla (reconocimiento con respecto a la autenticidad de la firma de la parte extranjera por el notario público de aquel país), además de promover la legalización consular y apostilla, a partir de 14/08/2016 para los países miembros del Convenio de la Haya, según el Decreto nº 8.660/2016.


Contratos, adendas o facturas

El solicitante deberá presentar el documento a registrar, digitalizado a partir del original, según la Resolución nº 170/2016.

Para documentos emitidos en un idioma extranjero, hay que enviar traducciones (simple o jurada), incluso de los textos notariales. Caso se presente una traducción jurada, hay que digitalizar la copia original, según la Resolución nº 170/2016.

No se aceptarán documentos borrados o adulterados.

Los documentos presentados para registro deben incluir lugar y fecha de firma, y los signatarios deben estar identificados y calificados por la indicación de la posición ocupada en la empresa.

Si los documentos se han firmado en el extranjero, hay que autentificarlos (reconocimiento con respecto a la autenticidad de la firma de la parte extranjera por el notario público de aquel país), además de promover la legalización consular y apostilla, a partir de 14/08/2016 para los países miembros de la Convención de la Haya, según el Decreto nº 8660/2016. A excepción de los países con acuerdos que eximen legalización o apostilla.

Si los contratos se han firmado en Brasil, deben incluir firmas de dos testigos debidamente identificados (nombre completo) y calificados (número de documento brasileño).   

Ficha Registro

Hay que presentar la Ficha Cadastro (Ficha Registro) para todas las empresas brasileñas que figuren como parte cesionaria de un contrato. El acceso a su Formulario ocurre a través del sistema e-Contratos, a partir de la GRU emitida con código 422, exenta de pago.

Al fin del protocolo de la Ficha Registro en el sistema e-Contratos, se emitirá un número de protocolo. Después del análisis, se notificará el usuario acerca de la validación o no, a través del correo electrónico registrado (para obtener más detalles, haga clic aquí).

La Ficha Registro tiene validez de 2 (dos) años contados desde la fecha de validación, y hay que actualizarla cada período, o siempre que ocurra alguna alteración en los datos y en la información de la empresa.

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