Visa de Actividad Religiosa (VITEM VII)
La VITEM VII, visa para actividad religiosa, se otorgará al extranjero que vá a Brasil como ministro de confesión religiosa o miembro de una institución de vida consagrada, confesional o de una orden religiosa, que vá al país para prestar servicios de asistencia religiosa, sin relación laboral en Brasil, así como a lo que vá a Brasil como misioneros (RN 14/2017 del CNIg).
Documentos necesarios
I. "Recibo de Entrega de Requerimento - RER";
II. Comprobante de pago de la tasa de procesamiento de la visa, original;
III. Pasaporte valido con al mínimo 2 hojas en blanco;
IV. Foto reciente, conforme las normas de la OACI;
V. Comprobante de status legal en República Dominicana (solamente para extranjeros no dominicanos), original y copia;
VI. Partida de nacimiento, apostillada o legalizada, según corresponda;
VII. Certificado de antecedentes penales/policiales (expedido en los últimos 90 días) de los países donde residió el extranjero los últimos 12 meses, apostillado o legalizado, según corresponda;
VIII. Acto constitutivo o estatuto social de la institución religiosa, con sede en Brasil, en la cual el extranjero va a realizar sus actividades, certificado por escribano ("registrado em cartório");
IX. Prueba de que el representante tiene poderes de representación legal de la institución religiosa con sede en Brasil, en la cual el extranjero va a realizar sus actividades, certificado por escribano ("registrado em cartório");
X. Compromiso de la institución religiosa con sede en Brasil de que se harán responsables de la manutención del extrajero durante su estadía en Brasil y que se assegurarán de la salida del extranjero del territorio nacional, certificado por escribano ("registrado em cartório");
XI. Declaración de ordenación, analítico escolar, o declaración de institución religiosa que lo habilite para las actividades religiosas que realizará en el país o, para el caso de miembro de una institución de vida consagrada, prueba de esta condición, apostillado o legalizado, según corresponda;
XII. Curriculum vitae;
XIII. Declaración, en su caso, de que el extranjero solamente ejercerá actividades en áreas indígenas mediante autorización expresa de la FUNAI; y
XIV. Autorización para Emisión de Visa Brasileña para Menor de Edad. Caso el solicitante sea menor de 18 años, los dos progenitores o tutor(es) deben completar y fimar formulario de autorización y la solicitud de visa del menor. Las firmas de los progenitores en el formulario deberán ser certificadas por escribano y apostillado o legalizado, según corresponda, salvo si este es firmado en la presencia de la autoridad consular. Por ese motivo, la autorización de emisión de visa para menor es el único documento que no es obligatorio cargar al formulario electrónico de solicitud de visa.