Trabajo - VITEM V
Trabajo (Visado Temporario V)
ATENCIÓN: LA SOLICITUD DE VISADOS DEBE SER REALIZADA POR CORREO POSTAL. CITAS PRESENCIALES NO ESTÁN DISPONIBLES PARA ESTE TIPO DE SERVICIO.
Prestación de servicios en Brasil, con o sin contrato de trabajo. Este visado es indispensable en los siguientes casos:
- Vínculo laboral con persona jurídica sediada en Brasil;
- Asistencia técnica o transferencia de tecnología;
- Tripulante de embarcación de turismo extranjera (estancias superiores a 45 días);
- Realización de actividades profesionales de forma continua a bordo de embarcación o plataforma extranjera;
- Tripulante de embarcación de pesca extranjera;
- Entrenamiento profesional (junto a filial, subsidiaria o matriz brasileña del mismo grupo económico);
- Capacitación de extranjero vinculado a grupo económico transnacional (cuya matriz sea empresa brasileña);
- Intercambio profesional;
- Atleta profesional;
- Científicos, profesores técnicos o investigadores extranjeros bajo contrato de trabajo o aprobados en concurso público;
- Prestación de servicios al Goberno brasileño;
- Trabajo durante vacaciones escolares.
Atención: El trámite del visado de trabajo se hace en dos etapas: la primera en Brasil (Coordinación General de Inmigración del Ministerio de la Justicia) y la segunda en el Consulado General de Brasil en Barcelona.
Solicitar su visado:
- La empresa contratante brasileña debe solicitar la autorización de visado directamente a la Coordinación General de Inmigración del Ministerio de la Justicia en Brasil.
- Aguardar autorización del visado por las autoridades em Brasil. Para verificar el desarrollo del proceso, contactar con el Ministerio de la Justicia. Una vez publicada la autorización, el trámite podrá ser iniciado en el Consulado General correspondiente.
- Reunir la documentación exigida (ver listado abajo) y enviarla al Consulado General de Brasil en Barcelona por correo postal.
ATENCIÓN:
Visados Temporarios (VITEM) - La emisión de visados temporarios para ingreso en Brasil a ciudadanos nacionales de países exentos de la obligación de visado de visita (VIVIS) se realizará en modalidad electrónica a partir del 1 de septiembre de 2026. Las solicitudes deberán ser presentadas a través del Sistema Consular Integrado (SCI) con la carga de los documentos requeridos. No será necesaria la entrega de documentación física ni de los pasaportes de los solicitantes. El visado, una vez autorizado, será enviado automáticamente a la dirección de correo electrónico proporcionada en el formulario del SCI.
- Todos los documentos requeridos en los apartados relativos a visado temporario para ciudadanos nacionales de países exentos de requisito de visado deben estar cargados en la solicitud y firmados digitalmente, junto con el comprobante de pago de la tasa consular correspondiente.
DOCUMENTACIÓN EXIGIDA
| Nº | Documento / Requisito | Detalles - Emissión Física | Detalles - Emissión Electrónica |
| 1 | Pasaporte | Validez superior a seis meses y, como mínimo, dos páginas en blanco. | Copia digital del pasaporte válido (PDF o imagen de alta resolución). Validez mínima igual al proceso físico. |
| 2 | Formulario de solicitud de visado | Rellenado online, con todos los documentos subidos a la solicitud. Presentar al Consulado la hoja final impresa, firmada y con una foto 3x4 pegada, según el estándar tipo 'carnet'. | Formulario rellenado y firmado electrónicamente a través de plataforma digital. No requiere impresión ni presentación física. Foto en formato digital (JPEG/PNG, mínimo 300 DPI). |
| 3 | Partida literal de nacimiento | Original y fotocopia, con los nombres y todos los apellidos de los padres. | Copia digital certificada o compulsada electrónicamente (si disponible en el país de emisión). Aceptar también certificado digital con firma electrónica reconocida. Documentos que no sean emitidos por autoridades españolas andorranas o argentina deberán presentar la apostilla. |
| 4 | Certificado negativo de antecedentes criminales | Validez de 90 días desde la fecha de emisión, correspondiente a la localidad del último año de residencia, con firma o sello de la autoridad emisora competente. | Certificado digital emitido directamente por la autoridad competente o consulta directa de bases de datos oficiales. Misma validez de 90 días. Aceptar formato PDF con firma digital. |
| 5 | Comprobación de situación migratoria en España o Andorra | Tarjeta NIE original o copia compulsada (solo si el postulante no es español o andorrano). | Copia escaneada del NIE (solo si el postulante no es español o andorrano). |
| 6 | Pago de la tasa consular | Comprobante de pago correspondiente. Valores en la tabla abajo. | Comprobante digital subido a la solicitud. Sin necesidad de comprobante físico. |
| 7 | Formulario para retorno de la documentación | Formulario con los datos necesarios para la devolución de los documentos. | No aplica. La documentación no se retorna físicamente en procesos electrónicos; se devuelve digitalmente o se destruye conforme a normativa. |
| 8 | Sobre para retorno de la documentación | Sobre adicional '350g prepagado' de Correos | No aplica. No hay retorno físico en emissión electrónica. |
TASA CONSULAR
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Vistos TEMPORÁRIOS / Visados TEMPORARIOS (pago exclusivo por transferencia bancaria) Desde 01/06/2026 |
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| Taxa Geral – Tasa General | €100,00 |
| Taxas Diferenciadas por país / Tasas Diferenciadas por país | |
| Nacionales de Estados Unidos (Vitem V) | €290,00 |
| Nacionales de Reino Unido (mais de 180 dias - más de 180 días) | €215,00 |
- Transferencia bancaria
ENVÍO DE LA DOCUMENTACIÓN
| Trámite Físico | Trámite Electrónico | |
| Documentos a enviar | Todos los documentos de la lista de requisitos (pasaporte, partida literal, certificado de antecedentes, NIE, comprobante de pago, formulario de retorno y sobre prepagado). | Únicamente el RER (Formulario de Retorno de Documentación) firmado electrónicamente con la foto 3x4 digital anexada. |
| Método de envío | Correo postal (recomendado: correo certificado o rastreado). | Correo postal (recomendado: correo certificado o rastreado). |
| Dirección de envío | Consulado General del Brasil en Barcelona Av. Diagonal, 468, 2º 08006 Barcelona España |
Consulado General del Brasil en Barcelona Av. Diagonal, 468, 2º 08006 Barcelona España |
| Documentos a incluir | - Formulario RER impreso con datos de devolución - Sobre 1kg prepagado de Correos - Todos los documentos originales o compulsados - Copia de comprobante de pago |
RER firmado digitalmente con los documentos subidos y firmados electrónicamente a la solicitud. Foto 3x4 pegada |
| Tiempo de revisión | Después de recibir la solicitud en el Consulado: generalmente hasta 15 días hábiles. | Después de recibir la solicitud por correo: Generalmente hasta 15 días hábiles (puede ser más rápido). |
| Devolución del pasaporte | Por correo postal a la dirección indicada en el formulario RER. Si se aprueba, el visado ya estará adherido al pasaporte. | No se aplica. Se enviara el visado electrónico para el correo electrónico informado en la solicitud. |
| Costos de envío | Costo del sobre prepagado 1kg (Correos) para devolución + tarifa de correo certificado para el envío inicial (según proveedor). | Sin costos adicionales de envío postal. Solo la tasa consular correspondiente. |