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NOTA A LA PRENSA N. 135
Promulgación del Tratado de Comercio de Armas
Mediante el Decreto N° 11.173, de 15 de agosto de 2022, se promulgó el Tratado de Comercio de Armas (TCA), que había sido ratificado por Brasil el 14 de agosto de 2018. Con la promulgación, el TCA fue incorporado al ordenamiento jurídico interno brasileño.
El Tratado de Comercio de Armas tiene como objetivo regular el comercio internacional de armas convencionales, sus municiones y componentes, estableciendo reglas para la exportación, importación, tránsito, transbordo e intermediación de ocho categorías de armas: tanques de guerra; vehículos blindados de combate; sistemas de artillería de gran calibre; aeronave de combate; helicópteros de ataque; buques de guerra; misiles y lanzamisiles; y armas pequeñas y armas ligeras.
Entre las principales disposiciones del Tratado se encuentra la prohibición de la transferencia de armas convencionales, sus municiones y componentes si el país exportador tiene conocimiento al momento de la autorización de que las armas serán utilizadas para cometer crímenes internacionales o crímenes de guerra. El Tratado también establece criterios objetivos para evaluar las solicitudes de autorización de exportación de armas convencionales y procedimientos para la cooperación internacional en la lucha contra el tráfico ilícito y el desvío de dichas armas.
Brasil ya cuenta con un sistema consolidado para el control de la exportación de armas convencionales, regulado a través de la Política Nacional de Exportación e Importación de Productos de Defensa (PNEIPRODE), establecida por el Decreto 9607, de 12 de diciembre de 2018, que permite el cumplimiento de las disposiciones del TCA por el País.
La promulgación del Tratado sobre el Comercio de Armas confirma los compromisos de Brasil con la prevención y erradicación del tráfico ilícito de armas convencionales, con el objetivo de contribuir a la paz y la seguridad internacionales y al combate al crimen organizado transnacional.